Pluriactividad autónomo + empleado paso a paso: cómo solicitar el reembolso
La **pluriactividad** es la situación en la que un trabajador cotiza simultáneamente al Régimen General de la Seguridad Social (como empleado por cuenta ajena) y al RETA (como autónomo). Es totalmente legal y muy frecuente — por ejemplo, un asalariado que tiene un proyecto propio en su tiempo libre.
La buena noticia: si cotizas en pluriactividad tienes derecho a un **reembolso de hasta el 50 % de la cuota de autónomos** durante los primeros 18 meses, además de bonificaciones permanentes. Esta guía explica los requisitos, los porcentajes vigentes, cómo solicitar el reembolso y los plazos.
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¿Qué es la pluriactividad y a quién aplica?
Pluriactividad = cotizar simultáneamente en dos regímenes: Régimen General (como empleado por cuenta ajena) + RETA (como autónomo). NO es lo mismo que pluriempleo (dos trabajos en el mismo régimen — dos empleos por cuenta ajena).
Aplica a cualquier persona que:
- Tiene un contrato laboral activo (tiempo completo o parcial).
- A la vez se da de alta como autónomo para una actividad por cuenta propia.
Es legal y compatible. La Seguridad Social lo permite expresamente.
Bonificaciones vigentes (Ley 6/2017 + actualizaciones)
Bonificaciones para autónomos en pluriactividad (NO compatibles con tarifa plana de 80 €):
- Primeros 18 meses: reducción del 50 % de la cuota mínima.
- Meses 19 al 36: reducción del 25 % de la cuota mínima.
Adicionalmente, si tu base por cuenta ajena (Régimen General) ya supera el límite máximo de cotización combinado, tienes derecho al reembolso del exceso pagado en RETA en la declaración anual. En 2025 el reembolso máximo combinado se calcula sobre 2.760 €/mes.
Cómo solicitar la bonificación al darte de alta
Al darte de alta como autónomo en pluriactividad:
1. Modelo TA.0521 (modificación de datos del régimen autónomos) — marca la casilla "pluriactividad". 2. Adjunta certificado de vida laboral de tu empresa actual (puedes descargarlo en sede.seg-social.gob.es). 3. La Tesorería verifica los datos y aplica la bonificación de forma automática a partir del mes siguiente. 4. Si te das de alta SIN marcar pluriactividad y luego lo cambias, tienes que solicitar la devolución retroactiva por escrito.
> Importante: la bonificación es incompatible con la tarifa plana de 80 €. Tienes que elegir entre ambas. Para la mayoría de autónomos en pluriactividad, la tarifa plana es mejor el primer año porque cuesta menos en términos absolutos.
Reembolso anual: cómo recuperar el exceso
Si tu base combinada (RG + RETA) supera el límite máximo, puedes solicitar el reembolso del exceso. Pasos:
1. Tras cierre del ejercicio (a partir de febrero del año siguiente), entra en portal.seg-social.gob.es → Trabajadores → Devoluciones. 2. Solicita la devolución de ingresos indebidos por pluriactividad. 3. La TGSS calcula el exceso comparando tu base RG anual + tu base RETA anual con el tope combinado. 4. Devolución en 1-3 meses por transferencia bancaria.
Plazo de prescripción: 4 años. Puedes reclamar las cuatro últimas anualidades.
Calcular tu reembolso estimado
Usa la calculadora de pluriactividad introduciendo:
- Tu base de cotización mensual en RG (puede verse en tu nómina apartado "Base cotización").
- Tu cuota mensual RETA.
- Meses cotizados en ambos regímenes durante el año.
La calculadora estima el exceso reembolsable.
Errores comunes en pluriactividad
- No declarar la pluriactividad al darse de alta: pierdes la bonificación del 50 %.
- Olvidar pedir el reembolso cada año: el plazo de 4 años corre, prescribe.
- Optar por la tarifa plana cuando la base RG es alta: a veces sale más a cuenta pluriactividad + reembolso que tarifa plana.
- No incluir en IRPF: aunque el reembolso de SS no tributa, los ingresos como autónomo SÍ. Sigue presentando el modelo 130 normalmente.
Preguntas frecuentes
¿Puedo combinar tarifa plana y bonificación de pluriactividad?
No. Son incompatibles. Tienes que elegir. La tarifa plana suele convenir el primer año si tus ingresos autónomos serán bajos; la pluriactividad bonificada conviene cuando ya tienes una base alta como empleado.
¿Cuánto suele devolver la Seguridad Social?
Depende totalmente de tu base RG. Para un asalariado con base 2.500 €/mes que también cotiza en RETA mínimo, la devolución típica ronda los 1.200-1.800 €/año.
¿Tengo que presentar yo el reembolso o es automático?
No es automático. Hay que solicitarlo expresamente desde Import@ss cada año tras el cierre. Sin solicitud no hay devolución.
¿Pluriactividad afecta al IRPF?
Sí. Tendrás dos fuentes de ingresos: rendimientos del trabajo (nómina) + rendimientos de actividad económica (autónomo). En la declaración anual de la renta declaras ambos.
¿Pierdo derechos en jubilación por pluriactividad?
No, los sumas. Las bases cotizadas en RG y RETA se computan para tu base reguladora de jubilación según las normas de pluriactividad. En general acabas con base más alta que cotizando solo en uno de los dos regímenes.
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