Calculadora de pluriactividad 2025

Si trabajas como autónomo y a la vez como empleado por cuenta ajena, la Seguridad Social te devuelve parte de lo cotizado. Esta calculadora te dice cuánto, basándose en el límite oficial de 2025 (16.776,74 €).

Tu reembolso estimado

Por cotizar como empleado y como autónomo

Tipo de empleo por cuenta ajena

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Aún no superas el límite de cotización conjunta. Sin reembolso este año.

Ver desglose
  • Cotización SS por cuenta ajena (28,3% del bruto): 5094.00
  • Cuota autónomo anual: 3612.00
  • Total cotizado al sistema: 8706.00
  • Límite máximo cotización 2025: 16776.74
  • Exceso cotizado: 0.00

Estimación. La cifra exacta la calcula la Tesorería General al regularizar. El reembolso se solicita en los primeros 4 meses del año siguiente.

¿Qué es la pluriactividad?

En España puedes estar dado de alta a la vez como autónomo en el RETA y como empleado en el régimen general. Esto se llama pluriactividad. Como cotizas en dos sistemas distintos, en muchos casos se sobrepasa el tope máximo anual de cotización del Estado.

Cuando esto ocurre, la ley reconoce el derecho a recuperar parte del exceso. En concreto:

  • 50% del exceso si tu empleo por cuenta ajena es a tiempo completo.
  • 75% del exceso si es a tiempo parcial pero superior al 50% de la jornada.

Desde 2018 la regularización es automática: la Tesorería General lo calcula de oficio y devuelve el dinero entre febrero y mayo del año siguiente.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la pluriactividad en autónomos?

Cuando una persona cotiza simultáneamente al régimen general (como empleado por cuenta ajena) y al RETA (como autónomo). La ley reconoce que esta doble cotización supera muchas veces el tope máximo y permite reclamar un reembolso parcial.

¿Cuánto me devuelven exactamente?

Depende del exceso cotizado sobre el límite máximo (16.776,74 € en 2025) y del tipo de empleo. Si trabajas a tiempo completo como empleado, recuperas el 50% del exceso. Si trabajas a tiempo parcial (más del 50%), recuperas el 75%.

¿Cuándo se solicita el reembolso?

El reembolso se solicita en los primeros 4 meses del año siguiente (de enero a abril). La Tesorería General de la Seguridad Social regulariza automáticamente las cotizaciones del año anterior y emite la resolución.

¿Hay límite mínimo para acceder al reembolso?

Sí. Solo se aplica si la suma de bases de cotización del régimen general más las del RETA supera el límite máximo del año. Si tu salario es bajo y tu cuota de autónomo también, posiblemente no llegues al tope y no haya derecho a reembolso.

¿Puedo aplicar tarifa plana si soy pluriactivo?

Sí. La tarifa plana de 80 € es compatible con pluriactividad. Pero ojo: si la aplicas, el reembolso por exceso se calcula sobre la cuota efectivamente pagada (80 €), no sobre la cuota completa que te correspondería por ingresos. Suele compensar igualmente.

¿Esto es una solicitud automática?

Desde 2018 sí: la Tesorería General realiza la regularización de oficio y devuelve el exceso al autónomo sin necesidad de solicitud expresa. Solo si no recibes el ingreso en mayo del año siguiente conviene contactar con la TGSS.

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