Alta de autónomo
Proceso para empezar a trabajar como autónomo: alta en RETA + declaración censal en AEAT.
Darse de alta como autónomo en España requiere dos trámites obligatorios:
1. Alta en Hacienda (AEAT): modelo 036 o 037 declarando el inicio de actividad, IAE, régimen IVA, periodo de declaraciones. 2. Alta en la Seguridad Social (TGSS): en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), antes del inicio efectivo de la actividad o como máximo el mismo día.
Plazo: ambos trámites deben hacerse ANTES del primer ingreso de la actividad.
Beneficio inicial: la tarifa plana de 80 €/mes durante el primer año si es la primera vez como autónomo (o sin haberlo sido en 2-3 años anteriores).
Ejemplo
Un nuevo programador freelance hace: (1) modelo 037 declarando IAE 763 y régimen IVA general, (2) alta RETA con base mínima y solicitud de tarifa plana. Empieza a facturar el día siguiente con cuota de 80 €/mes durante 12 meses.
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