Régimen general del IVA

Régimen estándar del IVA. La mayoría de autónomos y empresas tributan en él.

El régimen general del IVA es el régimen estándar y el que aplica por defecto a empresarios y profesionales. Implica:

  • Repercutir IVA en las ventas según el tipo aplicable (4%, 10%, 21%).
  • Soportar IVA en las compras y poder deducirlo si está afecto a la actividad.
  • Presentar modelo 303 trimestral (o SII mensual si facturación > 6M€/año).
  • Presentar modelo 390 anual.

Es el opuesto al régimen especial (simplificado, recargo de equivalencia, agricultura/pesca, etc.) que tienen reglas distintas.

Cómo cambiar: la afiliación al régimen general es por defecto al darse de alta. Si quieres acogerte a un régimen especial (cuando sea aplicable), tienes que comunicarlo expresamente.

Ejemplo

Un consultor freelance está en régimen general del IVA. Factura 1.000€ + 21% IVA a sus clientes, deduce el IVA de sus gastos profesionales, y cada trimestre presenta el modelo 303 con la diferencia.

Términos relacionados

También te puede interesar

¿Necesitas aplicarlo en tu día a día?

Gestorly aplica toda esta normativa automáticamente. Empieza gratis sin tarjeta.

Empezar gratis