Modelo 720 (Bienes en el extranjero)

Declaración informativa anual de bienes y derechos en el extranjero ≥ 50.000 €.

El modelo 720 es informativo. Lo presenta cualquier residente fiscal en España (persona física o jurídica) con bienes y derechos en el extranjero por valor superior a 50.000 € en CADA UNO de los 3 bloques:

1. Cuentas bancarias en el extranjero. 2. Valores, seguros y rentas. 3. Inmuebles.

Plazo: 1 enero - 31 marzo del año siguiente.

Sanciones: tras la sentencia TJUE 2022 ya NO son fijas como antes. Ahora son proporcionales al valor no declarado (típicamente 50% del importe), pero siguen siendo graves.

Ejemplo

Un autónomo con 60.000 € en una cuenta bancaria de Andorra y una vivienda de 80.000 € en Portugal debe presentar el modelo 720. Si solo declara la cuenta y oculta la vivienda, la sanción se aplica sobre 80.000 €.

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