IVA repercutido

IVA cobrado a clientes en facturas emitidas. Se ingresa en Hacienda menos el IVA soportado deducible.

El IVA repercutido es el IVA que tú cobras a tus clientes al emitir facturas por bienes o servicios sujetos al impuesto. NO es ingreso tuyo: lo cobras como recaudador en nombre de Hacienda.

Tipos vigentes en España: - 21% general - 10% reducido (alimentos no básicos, transporte, hostelería, vivienda…) - 4% superreducido (alimentos básicos, libros, medicamentos, viviendas VPO…) - 0% (excepcional: mascarillas COVID, paneles solares 2024-25, etc.)

En el modelo 303 trimestral se calcula: IVA repercutido − IVA soportado = a ingresar (o a compensar).

Ejemplo

Facturas a un cliente 1.000 € + 21% IVA = 1.210 €. Tú cobras 1.210 € pero solo 1.000 € son tuyos: los 210 € de IVA repercutido tienen que ingresarse en Hacienda en el modelo 303 (menos lo soportado).

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