País Vasco
IAE 766 / 474
Foral
Gestoría para diseñador gráfico / freelance en Vizcaya
Información fiscal cruzada para autónomos del sector diseñador gráfico / freelance con actividad en Vizcaya (País Vasco).
Fiscalidad específica del sector diseñador gráfico / freelance en Vizcaya
Si eres autónomo del sector diseñador gráfico / freelance y desarrollas tu actividad en Vizcaya, tu fiscalidad combina dos capas:
- Capa sectorial: epígrafe IAE
766 / 474(Otras actividades relacionadas con la creación artística (766) o Servicios fotográficos y de diseño (474).). Régimen IVA: general (21%). Aplica modelo 303 trimestral. Aplica modelo 130 trimestral si no estás retenido al ≥70%. - Capa autonómica (País Vasco): FORALIDAD VASCA: tributa en Diputación Foral, NO en AEAT estatal. Tramos y modelos propios.
Gastos deducibles típicos
- **Suite Adobe Creative Cloud** (Photoshop, Illustrator, InDesign): 100% deducible si está a tu NIF.
- **Figma, Sketch, Canva Pro, Webflow:** todas las SaaS de diseño profesional.
- **Tablet Wacom, iPad Pro + Apple Pencil, lápiz óptico:** bienes de inversión deducibles.
- **Monitor profesional 4K calibrado:** clave si haces print/branding. Bien de inversión.
- **Fuentes** (Adobe Fonts, MyFonts), stock photos (Shutterstock, Envato), recursos pagados.
Deducciones autonómicas aplicables en Vizcaya
- Sistema fiscal propio (norma foral)
- Deducción por inversión en sociedades innovadoras: 15-30%
- Deducción por aportaciones a EPSV (planes de pensiones vascos)
Particularidad importante
ATENCIÓN: si tu actividad principal está en Vizcaya, NO presentas modelos AEAT estatales: presentas modelos forales (modelo 130 foral, modelo 303 foral, etc). El régimen es más favorable en muchos casos.
Consejos prácticos para diseñador gráfico / freelance
- **Si vendes assets digitales** (plantillas, ilustraciones) a marketplaces (Creative Market, Envato), suelen retenerte fiscalmente en sus pagos. Verifica el régimen aplicable a tus ingresos.
- **Las cesiones de derechos de autor** pueden tener un tratamiento de retención reducido (7%) si lo solicitas, pero requiere que el contrato sea claramente 'cesión de propiedad intelectual'.
- **Si vendes camisetas/productos físicos** con tus diseños (POD - Print on Demand) puedes acabar en recargo de equivalencia. Consulta con un asesor antes.
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