Modelo 720

Modelo 720 — Declaración de bienes en el extranjero

Qué es el Modelo 720

El modelo 720 declara bienes y derechos situados en el extranjero por importe superior a 50.000 € en cada uno de los 3 bloques: (1) cuentas bancarias, (2) valores/seguros, (3) inmuebles. Es informativo pero con sanciones históricamente muy elevadas (anuladas parcialmente por el TJUE en 2022).

Todos los plazos

Ejercicio 2025

Bienes y derechos situados en el extranjero ≥50.000 €

1 ene 31 mar 2026

¿Quién debe presentar el 720?

Residentes fiscales en España con bienes en el extranjero por valor >50.000 € en cualquiera de los 3 bloques.

Cómo presentarlo

Sede Electrónica AEAT con certificado digital. Plazo: 1 enero - 31 marzo del año siguiente.

Sanciones por presentación fuera de plazo

Tras el TJUE 2022: sanciones proporcionales a la base no declarada (no fijas como antes). Sigue siendo grave: 50% del valor no declarado en algunos supuestos.

Preguntas frecuentes

¿Quién está obligado a presentar el Modelo 720?

Residentes fiscales en España con bienes en el extranjero por valor >50.000 € en cualquiera de los 3 bloques.

¿Cómo se presenta el 720?

Sede Electrónica AEAT con certificado digital. Plazo: 1 enero - 31 marzo del año siguiente.

¿Qué pasa si presento el 720 fuera de plazo?

Tras el TJUE 2022: sanciones proporcionales a la base no declarada (no fijas como antes). Sigue siendo grave: 50% del valor no declarado en algunos supuestos.

Recursos relacionados

No vuelvas a olvidar un plazo del 720

Gestorly genera y presenta el 720 automáticamente con tus facturas, te avisa 15/7/3 días antes y soporta domiciliación bancaria.

Empezar gratis